CONSTITUCIÓN Y ESTATUTOS
Iglesia Bíblica Misión Casa de Gulf Breeze, Florida
PREÁMBULO
Declaramos y establecemos esta constitución para preservar y asegurar los principios de nuestra fe y para gobernar la iglesia de manera ordenada. Esta constitución preservará las libertades de cada miembro y la autonomía de acción de esta iglesia en relación con cualquier otra organización.
CUERPO I: CONSTITUCIÓN
ARTÍCULO I. NOMBRE
El nombre oficial de esta organización es Iglesia Bíblica Misión Casa de Gulf Breeze, Florida.
ARTÍCULO II. DECLARACIÓN DE MISIÓN
La misión de la Iglesia, como el cuerpo de Cristo, es alcanzar a las personas para Jesucristo.
ARTÍCULO III. DECLARACIÓN DE CREENCIAS
Base Bíblica: Afirmamos que la Santa Biblia es la Palabra inspirada de Dios.
Afinidad Doctrinal: Suscribimos la declaración The Baptist Faith and Message (SBC 1963 / Florida 2000).
Ordenanzas: Reconocemos el bautismo de creyentes y la Cena del Señor.
ARTÍCULO IV. PACTO DE LA IGLESIA
Nos comprometemos, con la ayuda del Espíritu Santo, a:
- Trabajar juntos en amor cristiano, aportando tesoros, tiempo y talentos.
- Modelar nuestras vidas según Cristo y mantener la moralidad bíblica.
- Cuidarnos en la enfermedad y crisis, practicando el dominio propio y la reconciliación.
ARTÍCULO V. GOBIERNO Y AUTONOMÍA
Gobierno: La iglesia es autónoma e independiente; su decisión es definitiva y no apelable a otros cuerpos eclesiásticos.
Cooperación: Colaboramos voluntariamente con la Asociación Bautista de Santa Rosa, la Convención General Bautista de Florida y la Convención Bautista del Sur.
CUERPO II: REGLAMENTOS (BYLAWS)
ARTÍCULO I. MEMBRESÍA
Requisitos: Testimonio de conversión (Jn 3:3-6) y bautismo por inmersión.
Candidatura: Por profesión de fe, carta de recomendación o declaración de experiencia previa. Requiere aprobación de 3/4 partes de los miembros presentes.
Disciplina: Se seguirá el modelo de Mateo 18:15-17. La remoción de un miembro requiere una votación de 3/4 partes.
ARTÍCULO II. OFICIALES DE LA IGLESIA
Los oficiales deben ser miembros activos y se dividen en:
- Oficiales Bíblicos: Pastor y Diáconos.
- Oficiales Administrativos: Fideicomisarios (Trustees), Tesorero, Secretario y Moderador.
ARTÍCULO III. ORGANIZACIONES Y MINISTERIOS
Escuela Dominical: Edificación y estudio bíblico.
Ministerio de Música: Guía en la adoración.
Ministerios Misioneros: Educación y acción misionera local e internacional.
ARTÍCULO IV. ORDENANZAS
Bautismo: Por inmersión, administrado por el personal ministerial o diáconos como acto de adoración.
Cena del Señor: Observada al menos una vez al mes como conmemoración simbólica del sacrificio de Cristo.
ARTÍCULO V. REUNIONES DE NEGOCIOS
Frecuencia: Trimestral (después del servicio dominical).
Reuniones Especiales: Requieren aviso de una semana de anticipación.
Votaciones:
Mayoría Simple: Para mociones generales.
Mayoría de 3/4: Para asuntos legales (compra/venta de propiedades) y enmiendas constitucionales.
Autoridad: Se utilizarán las Reglas de Orden de Robert (Revisadas).
ARTÍCULO VI. FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN
Sostenimiento: Mediante ofrendas y donaciones voluntarias.
Transparencia: Un Equipo de Contadores registrará los ingresos. Los informes trimestrales estarán disponibles bajo solicitud aprobada por los diáconos.
Año Fiscal: Del 1 de enero al 31 de diciembre.
ARTÍCULO VII. ENMIENDAS Y DISOLUCIÓN
Enmiendas: Deben presentarse por escrito con 2 semanas de antelación. Constitución (3/4 de votos), Estatutos (Mayoría simple).
Disolución: En caso de cierre, los activos se distribuirán a organizaciones exentas bajo la sección 501(c)(3) del Código de Rentas Internas, preferiblemente con fines religiosos similares.






